La realidad del aborto en Puebla

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Por Mario Galeana / @MarioGaleana_

Pilar tenía 15 años y un embarazo de 10.2 semanas de gestación. Lo supo en mayo, dos meses después de que un hermano de su padre abusara sexualmente de ella en Cuetzalan, mientras se encontraba de vacaciones. A su regreso a la Ciudad de México, donde vivía con su mamá, Pilar notó un retraso en su periodo. Y lo supo: supo que estaba embarazada.

Al decírselo a su madre, juntas acudieron a una agencia del ministerio público de la capital para denunciar a su tío paterno. Sin embargo, el personal les dijo que no podrían recibir la querella porque el abuso había ocurrido en Puebla. Entonces ellas -madre e hija- viajaron a Teziutlán para presentar la denuncia en la Fiscalía General del Estado (FGE). Las autoridades hicieron su trabajo, hasta que dejaron de hacerlo: después de realizarle exámenes y de visitar aquel lugar en el que había sido abusada, le negaron su derecho a interrumpir el embarazo diciéndole que el aborto no era legal en Puebla.

Pero las autoridades le mintieron: no sólo no le dijeron que tenía acceso a un servicio de emergencia de interrupción del embarazo por su edad y por las semanas de gestación que cursaba, sino que le advirtieron que en ningún lugar de Puebla se podría autorizar la interrupción del embarazo. Pilar y su madre volvieron a la Ciudad de México, porque la ley le permitía acceder -todavía- a una Interrupción Legal del Embarazo (ILE), y fue así como su caso fue documentado.

El testimonio de Pilar se encuentra contenido en el informe “La pieza faltante. Justicia reproductiva”, elaborado por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE). La agrupación acompañó la denuncia de la adolescente y presentó ante la Comisión de Derechos Humanos (CDH) del estado una queja por las violaciones a los derechos humanos cometidas en su contra por parte del personal del ministerio público de Teziutlán.

El ministerio público, según el GIRE, negó a Pilar información acerca de los derechos que tenía y se negó a realizar una prueba de ADN que permitiera aportar pruebas a la denuncia penal presentada en contra de su tío paterno.

Desde diciembre de 2012 hasta octubre de 2017, la única queja por negación de aborto legal presentada ante la CDH de Puebla había sido la de Pilar, y su resolución aún se encuentra pendiente.

CDH

Puebla es, de acuerdo con el informe, uno de los nueve estados en donde el aborto es muy poco accesible, debido al número y tipo de causales contemplativas y la gravedad de sanciones penales -cuando existen-.

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En el estado, las mujeres pueden acceder a la ILE por cuatro razones: violación, alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, por embarazo imprudencial o culposo y por peligro de muerte.

ESTADOS

En otros estados del país, las mujeres también tienen acceso al aborto cuando se encuentra en riesgo su salud, por inseminación artificial no consentida, por causas económicas o por la voluntad de la mujer -aunque este criterio aplica hasta las 12 semanas de gestación-.

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Para el GIRE, la despenalización del aborto en el país es una deuda que el Estado tiene con las mujeres en México, “en particular aquellas que enfrentan mayores condiciones de marginalidad, quienes también enfrentan de manera más frecuente las consecuencias de un Estado que las persigue o las deja morir”.

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