La deuda pendiente del Congreso de Puebla con las personas trans

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GUADALUPE JUÁREZ | @LupJMendez

El Congreso de Puebla ha mantenido en la congeladora tres iniciativas de reforma para reconocer la identidad autopercibida o adoptada de las personas transexuales y transgénero. La más antigua permanece intacta desde hace cuatro años, y la más reciente corresponde a la diputada morenista Estefanía Rodríguez Sandoval.

Aunque ésta última fue promovida desde junio pasado, su trámite ha corrido la misma suerte que las dos iniciativas que la precedieron. Es decir, sigue sin discutirse en las Comisiones de Procuración de Justicia, de la Familia y Derechos de la Niñez y de Derechos Humanos, aunque el martes 3 de noviembre pasado, los congresistas locales aprobaron reformas al Código Civil para reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo en la entidad.

La primera iniciativa está congelada desde 2016, cuando el PRD, Movimiento Ciudadano y el Verde Ecologista de México presentaron una primera versión.

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Desde entonces, la propuesta ha sido nombrada “Ley Agnes” en honor a la activista transgénero Agnes Torres Hernández, quien hasta antes de su homicidio —registrado el 9 de marzo de 2012— impulsaba una iniciativa para igualar los derechos de las personas transgénero y transexuales, mediante la concordancia sexogenérica en documentos de identidad legal.

En marzo del año pasado, el Partido del Trabajo impulsó una segunda iniciativa para reconocer este derecho, pero ésta no ha sido discutida al interior del Legislativo.

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Tribunales, la única opción

Para las personas trans en Puebla, lograr el reconocimiento de su identidad supone un proceso farragoso que, en ocasiones, incluso, deriva en su criminalización.

En Puebla, según el activista Tuss Fernández, las personas trans deben recurrir a un trámite administrativo en la Ciudad de México. En su caso, las autoridades poblanas hicieron mal uso de su información personal y cometieron discriminación y amenazas en su contra.

“En dos ocasiones agotaron el plazo legal de respuesta bajo el argumento de solicitar más documentos y una vez que los tuvieron, hicieron mal uso de ellos; me boletinaron en el estado para impedir la asociación de mi CURP e intentaron mediante un oficio “criminalizarme” por doble identidad (expresa por mi propia persona)”.

Este tipo de proceso judicial se aprobó en la Ciudad de México desde 2014. En 2017, Chihuahua, Michoacán y Nayarit reformaron su Código Civil para permitir que el cambio de identidad se diera a través de un trámite administrativo. Dos años después, Coahuila, Colima, Hidalgo, Oaxaca, San Luis Potosí y Tlaxcala aprobaron reformas similares.

Fotografía: Luis Conde

En noviembre de 2019, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó en la contradicción de tesis 346/2019 que en todo el país una persona tras podría cambiar su acta de nacimiento en un trámite administrativo y ya no judicial, con lo que se evitaría uno de los ciclos de discriminación y violencia que pasa la comunidad trans.

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El derecho a una identidad

La iniciativa que impulsa Estefanía Rodríguez Sandoval propone la reforma de los artículos 34, 70, 73, 76, 291, 931, 936 y se adicionan los artículos 875 bis, 936 bis, Ter y Quarter del Código Civil, entre los que se establece que si una persona necesita que se reconozca su identidad de género con una nueva acta de nacimiento, no será un requisito acreditar una intervención quirúrgica, terapias o cualquier otro diagnóstico o procedimiento.

La identidad de género autopercibida se considera a la vivencia interna e individual de género tal como “cada persona la siente profundamente”, la cual puede o no corresponder al sexo asignado al nacer.

De aprobarse la iniciativa, el acta de nacimiento primigenia será reservada y sólo se podrá dar a conocer por terceros a través de un mandamiento judicial o petición ministerial.

“La nueva acta de nacimiento para identidad de género no debe reflejar los cambios de conformada con la identidad de género realizados y sus efectos serán oponibles a terceros desde su registro”, establece parte del artículo 936 Bis propuesto.

Las personas trans o con una identidad de género no normativa se enfrentan a que les impidan el uso de baños públicos acordes a ella, a que no les hagan válida su identificación oficial, cuando les niegan entrar al cine, restaurante o bar, o son obligados a suspender su tratamiento hormonal contra su voluntad, de acuerdo con la Encuesta sobre Discriminación por Motivos de Orientación Sexual e identidad de Género 2018, presentada el año pasado por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).

Más del 40% de los hombres y mujeres trans temen sufrir discriminación por su identidad de género, por lo que evitan mostrar afecto a su pareja en público, frecuentar algunos lugares públicos, asistir a eventos o actividades de su escuela o trabajo.  

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