Carta abierta por mi derecho a la autonomía

aborto redes de acompañamiento Puebla
Las redes de acompañamiento de aborto en Puebla consideran que su labor es esencial para reducir los posibles riesgos de una interrupción del embarazo en un contexto de criminalización. Fotografía: Brenda Palacios | @bgpalacioss

Lo que las poblanas y poblanos deberíamos tener en mente, es que, la violencia sexual es una realidad que no concede a los Estados periodos de reflexión, más bien exige periodos de acción.

MARÍA FERNANDA SANTOS | @FerechosHumanos

A ti.

Con descalificaciones, adultocentrismo e infantilización de las mujeres, fue como concluyó el parlamento abierto en el Congreso del Estado de Puebla con la finalidad de aportar desde la ciudadanía, al debate de la importancia de los derechos sexuales y reproductivos (DSyR) como derechos humanos, donde la Sesión Plenaria se llevó a cabo el día 8 de junio del presente año.

“Escuchen a todas las poblanas, no a la minoría” y “hay cosas más urgentes e importantes” fueron las frases por excelencia durante las jornadas de exposición en contra del aborto y los DSyR, seguido de argumentos encaminados a comparar los derechos sexuales con una transacción Estado- particular por meritocracia.

En el país se vive en un estado de poder en el sentido de que se privilegia la dominación corporal en contra de la mujer. Si bien es cierto no es un dato nuevo, se puede llegar a la conclusión de que estamos en presencia de reiteradas o nuevas violencias sexuales que tienen como piso fundamental la permisión: permisión de la autoridad, del agresor, de la sociedad, pero nunca de la víctima.

Como verdadera justicia social, es entonces que las mujeres estamos reivindicando la posición de dueñas absolutas de la permisión en nuestras vidas, comenzando por lo más cercano que tenemos: decidir sobre nuestro propio cuerpo.

Recordemos que, los derechos humanos pueden expandir su ámbito de aplicación y reconocimiento mediante el principio de progresividad, por lo que, no podemos permitir una regresión en materia de derechos sexuales y reproductivos: ya sea en las legislaciones locales apoyando el derecho a la elección y planificación familiar, mediante el reconocimiento de las expresiones afectivas entre las distintas identidades de género, mediante la educación con perspectiva de género para niñas, niños y adolescentes y la no aprobación de iniciativas como el llamado Pin Parental y sus restricciones al derecho a la educación e igualdad. Existen diversas formas de emprender una lucha a favor de los cuerpos y la erradicación de la violencia y, aun así, se decide elegir la criminalización, como si la punibilidad nos hubiera demostrado que es equitativa, proporcional y eficaz.

Lo que las poblanas y poblanos deberíamos tener en mente, es que, la violencia sexual es una realidad que no concede a los Estados periodos de reflexión, más bien exige periodos de acción.

Reconocer la importancia de los DSyR no constituye únicamente un ejercicio de validación a la dignidad intrínseca de la que gozamos las niñas, adolescentes y mujeres, sino que, constituye una medida de reparación integral del daño a víctimas de violencia de género, ya sea por violencia del tipo sexual, física, psicológica, patrimonial, económica u obstétrica en sus diversas modalidades, las cuales, pueden culminar en la expresión máxima de discriminación contra la mujer: el feminicidio.

En ese sentido, resulta pertinente retomar argumentos que pretenden compartir la dignificación de quienes viven violencia, como puede ser la Ley General de Víctimas, donde, se señalan principios rectores que deberán observar las autoridades al momento de implementar mecanismos, medidas y procedimientos en favor de víctimas, desde los cuales, de una interpretación conjunta, se puede desprender que reconocer los DSyR va de la mano con los principios de dignidad, buena fe, complementariedad, debida diligencia, no criminalización, no victimización segunda y, en específico, el principio de enfoque transformador.

Ahora bien, hablar de enfoque transformador incluye llevar a cabo medidas que brinden una reparación integral a la que tienen derecho las víctimas (supervivientes o no de la violencia) pero no solo eso, sino que, dichas medidas deben contribuir a la eliminación de los esquemas de discriminación y marginación que pudieron ser la causa de los hechos victimizantes, en este caso, un posible aborto al margen de la ley derivado de una situación de precarización y un sistema machista dominante causante de las diversas violencias de género y su normalización.

Ver entonces la legislación en nombre de una medida de no repetición de los hechos y como una garantía de satisfacción (conceptos también contenidos en la Ley General de Víctimas) podría coadyuvar a las entidades a comprender que, los derechos humanos no se debaten, así como que en sus manos descansa la permisión de posibles futuras violaciones a derechos humanos a través de la negación del acceso a servicios médicos o de la falta de diligencia de funcionarios cuyas atribuciones son las de atención a mujeres.

Si bien la exigencia del respeto a la autonomía no surge derivado del Parlamento Abierto, los pensamientos desde la vivencia vertidos a lo largo del texto quieren reiterar los siguientes enunciados: despenalización del aborto y reconocimiento de nuestros derechos sexuales y reproductivos como justicia social; legislación como reparación integral del daño; derechos humanos como medidas de no repetición.

La carta abierta por mi derecho a la autonomía es la exclamación compartida por nuestro derecho a nombrar y renombrar nuestras experiencias desde una vida libre de violencia, desde una verdadera nueva normalidad.

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