Cuáles organismos autónomos desaparecen y qué va a pasar con sus funciones

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¿Qué son los organismos autónomos y por qué está a punto de desaparecer? A continuación te explicamos.

Por Debanhi Soto
Esta nota fue publicada originalmente en Verificado

El 20 de noviembre se discutió en la Cámara de Diputados el dictamen que modifica la constitución para desaparecer siete organismos autónomos. La reforma se aprobó en lo particular con 332 votos a favor y 119 en contra.

La extinción de organismos autónomos fue una de las iniciativas presentadas por el expresidente Andrés Manuel López Obrador en febrero de 2024 bajo el argumento que los organismos son “onerosos y elitistas”. Sin embargo, en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2024 se le otorgaron 152 mil millones de pesos a los organismos Autónomos lo que corresponde al 1.68% del gasto neto total pronosticado para el país en 2024.

Tras la aprobación en lo general del dictamen para desaparecer los organismos autónomos surgieron dudas y desinformación sobre cuáles son las funciones de estos programas y a qué dependencia pasarían. 

¿Qué es un organismo autónomo?

Los órganos constitucionales autónomos son instituciones públicas constituidas al margen de los tres poderes de la Unión (Legislativo, Ejecutivo y Judicial). No dependen jurídicamente de ninguna entidad y están al mismo nivel frente al resto de los poderes con una relación de coordinación y control.

En México, los organismos autónomos eran hasta antes de la reforma aprobada, los siguientes:

  • Banco de México (Banxico)
  • Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece)
  • Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)
  • Comisión Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval)
  • Fiscalía General de la República (FGR)
  • Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)
  • Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)
  • Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI)
  • Instituto Nacional Electoral (INE)

¿Qué hacían los organismos constitucionales autónomos que desaparecen?

El dictamen supone la desaparición de siete organismos autónomos y de la administración pública federal centralizada, cuyas funciones serán absorbidas por secretarías y dependencias del Gobierno de Claudia Sheinbaum Pardo: Los organismos que están dentro de la iniciativa son:

¿Qué va a pasar con los organismos autónomos?

En la mañanera del 20 de noviembre -día en el que se aprobó el dictamen en lo general para la eliminación de los organismos autónomos- la presidenta comentó que las funciones de los entidades autónomas serían absorbidas por otras dependencias de su gobierno, ya sea otorgándoles el rango de organismos desconcentrados o como parte integral de las Secretarías. 

La CRE y la CNH, por ejemplo, se integrarán a la Secretaría de Energía como organismos desconcentrados con independencia técnica. Mientras que la Cofece y el IFT se unirán como un solo organismo descentralizado en la Secretaría de Economía.

En cuanto a Mejoredu, pasará a ser parte de la Secretaría de Educación Pública y las funciones del Coneval serán responsabilidad de otro organismo autónomo, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Claudia Sheinbaum afirmó que el INAI sí desaparecerá y sus funciones serán responsabilidad de la Secretaría Anticorrupción y de Buen Gobierno.

¿Qué sigue para la iniciativa?

El 20 de noviembre, se aprobó en la Cámara de Diputados el dictamen general para la eliminación de los organismos autónomos y el 21 de noviembre, se discutió y aceptó la reforma en lo particular.

Lo que sigue para la iniciativa es pasar a las comisiones del Senado para después pasar a discusión en el Pleno. Como se trata de una reforma constitucional debe contar con el apoyo de dos terceras partes de las y los legisladores. Además debe aprobarse por la mayoría de los congresos locales, es decir, por 17 legislaturas estatales.

Si se aprueba en los congresos locales, la iniciativa volverá al Congreso de la Unión para declararla válida y se devolverá a la presidencia para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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