El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil te obligará a proporcionar tus datos personales y para evitarlo puedes ampararte. Aquí te decimos cómo:
STAFF MANATÍ | @ManatiMX
¿Te imaginas que para conseguir una tarjeta SIM debas entregar datos personales, biométricos como huellas dactilares y de reconocimiento facial e iris?
Lamentamos decirte que en México esto ya es real debido a que el 17 de abril entró en vigor el decreto por el que se crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil y que te obligará a facilitar tus datos a las compañías que prestan este servicio.
De no hacerlo, la empresa que te presta el servicio de internet y telefonía suspenderá tus líneas serán, pero ¿pooor?
Esto se debe a que en diciembre de 2020, el diputado y presidente de Morena, Mario Delgado presentó una iniciativa con el objetivo de regular y recopilar la información de los propietarios de las 126 millones de líneas de telefonía que existen en el país.
La finalidad, ayudar a las autoridades a evitar la comisión de delitos como extorsiones telefónicas o secuestros.
El proyecto fue aprobado en diciembre de 2020 con 392 votos a favor, 44 en contra y nueve abstenciones y tres meses después, fue avalado en lo general por el Senado de México, quien ofreció un plazo de dos años a los concesionarios para recopilar los datos exigidos en la ley.
Las compañías de telecomunicaciones deberán ingresar toda esa información y proporcionarla al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), autoridad que tiene el mandato de integrar el nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
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¿Y ahora qué?
De acuerdo con la nueva legislación, cada línea nueva en su activación o ya en uso deberá facilitar el número telefónico, la fecha y hora de activación; el nombre completo del usuario o razón social, en caso de ser persona moral.
También deberá facilitarse la nacionalidad y la Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular de la línea. Además deberá indicarse si la línea celular fue contratada en modalidad de pospago o prepago
Como que algo no cuadra…
Así es, luego de que se diera a conocer la aprobación de este padrón, organizaciones alzaron la voz y protestaron argumentando que la nueva ley vulnera la privacidad e incluso la seguridad de los usuarios.
Algunos la compararon con el registro que se hizo en 2009 durante el gobierno de Felipe Calderón y que dos años después de que entrará en vigor, fuera desmantelado porque parte de esa base de datos se filtró y apareció a la venta en internet.
¿Y ahora, qué podemos hacer?
Tras la ola de comentarios en contra, la Red por la Defensa de los Derechos Digitales lanzó una plataforma que te permitirá tramitar de manera gratuita y fácil un amparo contra el Padrón de Telefonía Móvil.
La plataforma se llama “No al Padrón”, está disponible en internet y por medio de un sencillo formulario logra recabar y elaborar un amparo, el cual debe de ser descargado desde el portal.
Si te interesa deberás proporcionar tu nombre completo, un correo electrónico y la e-firma vigente, en caso de tenerla, para que el amparo sea enviado electrónicamente.
Si no cuentas con la e-firma, podrás presentar su demanda de amparo de forma presencial o por correo certificado.
Ya que hayas proporcionado todos sus datos en la página “No al padrón”, generará de forma automática un archivo con su demanda de amparo, el cual deberá de ser descargado.
Posterior a esto, en caso de no tener la e-firma podrás entregar el amparo de forma presencial, para lo que se deben imprimir seis juegos del documento, y firmarlos todos.
Si tienes un plan de telefonía de pospago debe anexar también un documento que lo compruebe.
Todos los papeles los debes entregar en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito y Tribunales Colegiados en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones y del Centro Auxiliar de la Primera Región.
Si deseas entregarla por correo certificado, deberás imprimir cinco juegos, firmarlos todos y, de igual forma, en el caso de ser usuario de pospago anexar un documento que lo acredite.
Todos los tantos se deben empaquetar en un sobre de burbuja #6 y anotar en él la dirección de la oficina de correspondencia y la dirección del portal “No al Padrón” que proporciona en sus instrucciones.
La última opción y a la vez la más fácil, es enviar la demanda por internet, aunque esta opción solo está disponible para quienes tengan e-firma vigente.
Si la tienes podrás registrarte en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación y presentar virtualmente la demanda con ayuda de su e.firma.
La fecha límite para poder interponer una demanda de amparo en contra del PANAUT es antes del 31 de mayo de 2021.
El juicio de amparo puede tomar entre seis y nueve meses, pero antes, un juez puede dictar la suspensión definitiva del acto reclamado, con lo que los demandantes no tendrán que registrarse en el PANAUT, hasta que se resuelva su demanda.