Presentan ley para la búsqueda de víctimas de desaparición en Puebla

DESAPARECIDO PORTADA MARCHA PUEBLA

MARIO GALEANA | @MarioGaleana_

Durante casi un año, la diputada Estefanía Rodríguez Sandoval, distintos colectivos de familiares de personas desaparecidas y académicos especializados en derechos humanos trabajaron para crear una Ley en Materia de Desaparición de Personas para el estado.

Tras cinco foros realizados en la capital y al interior del estado, así como varias mesas de trabajo con académicos, la ley será presentada este miércoles 15 de julio ante el pleno del Congreso local.

“Es un primer paso en el largo camino de la búsqueda de la justicia y la verdad por parte de las familias, pero también reconocemos que las leyes por sí mismas, si bien son necesarias, no son suficientes”, advirtió Rosario Arrambide González, directora del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría S.J., de la Universidad Iberoamericana de Puebla.

La académica resaltó que, de acuerdo con la Comisión Nacional de Búsqueda, Puebla es el quinto lugar a nivel nacional en materia de desaparición de personas en el registro histórico, segundo lugar con registro de mujeres desaparecidas y tercer lugar con más niños, niñas y adolescentes sin localizar.

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“No hablamos de números, sino de personas, hablamos de madres, de padres, de hijos, de niños, de bebés, de abuelos, de hermanos, de esposos que hoy no están en casa, que fueron víctimas de desaparición forzada”, recalcó María Luisa Núñez, fundadora del colectivo La voz de los desaparecidos.

En la presentación de la iniciativa participó asimismo María del Rocío Limón, madre de Paulina Camargo Limón, desaparecida desde agosto de 2015. Su búsqueda, explicó María del Rocío, los llevó a realizar marchas por dos años consecutivos y plantones ante la Fiscalía General del Estado (FGE), pero la respuesta siempre fue la inoperancia de los aparatos de justicia.

“Es importante que sepan que yo siempre dije que ninguna persona merece esto; es una condena. Mi hija tenía 19 años, no estaba en una posición de hacer daño ni era una delincuente, era una joven y realmente nunca hubo una búsqueda para ella”, afirmó.

Legisladorxs, familiares de personas desaparecidas y académicos participaron en la presentación de la Ley en Materia de Desaparición de Personas para el estado.

Rafael Heredia Aguilar, abogado del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia A.C., destacó que la ley “es garantista, toma y pone en el centro a las víctimas y a las familias”.

¿Qué incluye esta ley?

La iniciativa de ley no sólo regula las acciones de búsqueda de personas desaparecidas, sino que contempla todo tipo de reparación del daño para las víctimas directas e indirectas de este delito, además de que obliga a las instancias de procuración y administración de justicia a permitir la participación de los familiares de las víctimas.

Crea un Consejo Estatal Ciudadano que estará conformado por seis familiares de personas desaparecidas, tres especialistas en búsqueda de personas y dos representantes de la sociedad civil, quienes podrán vigilar las acciones de localización de personas y tener acceso a todos los informes que se realicen sobre este tema.

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Además, incluye la conformación de un Mecanismo Estatal que coordinará las acciones de los gobiernos municipales y estatales para la búsqueda de personas.

Este Mecanismo Estatal de Búsqueda estará integrado por cuatro secretarios estatales, el fiscal general, el titular del Poder Judicial, la titular de la Comisión Estatal de Búsqueda, el presidente la Comisión de Derechos Humanos (CDH), además del titular del Instituto de Ciencias Forenses y Periciales del Estado de Puebla

También destaca la conformación de un Fondo Estatal de Búsqueda que no podrá tener un presupuesto anual menor al 0.05% del presupuesto de egresos. Si se tomara en cuenta el presupuesto de este año, el fondo habría contado con alrededor de 47 millones 500 mil pesos en este ejercicio fiscal.

La Comisión Estatal de Búsqueda estará obligada a elaborar y publicar informes de análisis de contexto que incorporen a los procesos de búsqueda elementos sociológicos, antropológicos, criminológicos y victimológicos para mejorar los métodos de búsqueda.

Los derechos de las víctimas

La ley dedica un capítulo para detallar que las víctimas directas de desaparición forzada tendrán derecho a la verdad, al acceso a la justicia, a la reparación integral del año y a la no revictimización.  

También se explica que poseen derecho a acompañar las acciones y mecanismos de búsqueda de sus familiares, a solicitar la intervención de expertos o peritos independientes nacionales o internacionales, y a que se respeten sus usos y costumbres al localizar y entregar los restos de las víctimas para su sepultura.

Para la reparación integral del daño se propone, entre otras cosas, una disculpa pública por parte del Estado, el pago de los gastos por asesores jurídicos o tratamientos médicos y terapéuticos como consecuencia del delito, la recuperación de la honra y la memoria de las víctimas, atención médica, psicológica y psiquiátrica, además de programas de capacitación laboral orientados a lograr la reintegración de la víctima a la sociedad.

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